La Vivienda es un Derecho Humano!**¡La casa è un diritto umano!**¡The housing is a Human Right**

lunes, 14 de enero de 2013

LEY 8518 -Fundamentos - Prórroga de Ley


Por una vivenda única y familiar. "Un derecho Humano"


Solicitud de prórroga Ley 8182


FUNDAMENTOS



HONORABLE CÁMARA:  

                                             El presente proyecto de ley tiene por objeto disponer una prórroga, hasta el 31 de julio de 2013, a todo trámite de ejecución de sentencias judiciales que recaigan, o ya existan dictadas, sobre deudores hipotecarios comprendidos en la ley 8182.

La Ley Nº 7684, permitió a un importante número de deudores hipotecarios acceder a un tratamiento digno a las deudas.

Mediante la Ley Nº 8005 y luego la Nº 8182, se legisló sobre el tema de regularización de deudas hipotecarias, respecto de un importante grupo de personas que se encuentran incluídas en las indicadas deudas.

En el mes de junio de 2011, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto Nº 1233/2011 que prorrogó el plazo de suspensión de ejecución de sentencias que recaigan sobre las deudas hipotecarias, cuyos titulares se encuentren comprendidos en el art. 2 de la Ley Nº 8182, por el plazo de un año, contado a partir del 17 de junio de 2011.

Nuevamente nos encontramos, ante el inminente vencimiento del plazo indicado precedentemente, que subsisten las razones de orden socio - económico que dieron lugar a la sanción de la Ley 8182.

En ese marco, teniendo en cuenta el contexto de crisis económica financiera a nivel nacional e internacional, resulta absolutamente necesario e imprescindible, velar y resguardar la conservación de las viviendas únicas adquiridas a través de préstamos hipotecarios, con el fin de evitar se agrave la situación de quienes no han podido hacer frente a los pagos de las cuotas hipotecarias.

Debemos otorgar preferencia a la cuestión social y a la protección de la vivienda familiar, concediendo facilidades de pago de los préstamos hipotecarios.

El Gobierno Provincial, busca una solución definitiva al tema. En ese sentido, negoció con el Banco Hipotecario Nacional y cumpliendo con la palabra empeñada, acordó con éxito sobre 417 casos que se encuentran comprendidos en dicho Banco. No obstante ello, existe un número importante de deudores hipotecarios con otros bancos, entidades con las cuales el Gobierno Provincial sigue negociando, en pos de lograr una solución definitiva al tema con dichas entidades bancarias. Las gestiones que se vienen haciendo, ante entidades financieras, son  con el objetivo de obtener resultados beneficiosos a los deudores.

En estos días, el Gobierno Provincial está en plena etapa de negociación con entidades financieras, con propuestas concretas en obtener, definitivamente, una solución.

No obstante lo expresado, en fecha 31 de diciembre de 2012, vence el plazo de prórroga dispuesto en la Ley Nº 8424 y en atención a que se pretende lograr una solución integral a los deudores hipotecarios, es que entendemos pertinente y ajustado a derecho, dictar una nueva prórroga, esta vez hasta el 31 de julio de 2013, a fin de permitir al Poder Ejecutivo negociar con las otras entidades bancarias, con exclusión del Banco Hipotecario Nacional con quien ya se arribó a un acuerdo.

En atención a la naturaleza y gravedad de la cuestión que se pretende solucionar, con un fuerte contenido social, con el dictado de la presente ley, resulta de manera clara y evidente, sin duda alguna, que el contenido de las leyes 8005, 8182 y 8424, como también del Decreto 1233/11, son de orden público, al igual que la presente, debiendo remarcarse dicho carácter, habida cuenta de buscar la protección de las viviendas y familias de Mendoza.

Por último, se debe destacar la tarea que viene realizando de manera esforzada, incansable, con dedicación y tenacidad, el Movimiento en Defensa de la Vivienda Familiar –MODEVIFA- con el objetivo de lograr una solución definitiva en el tema de los préstamos hipotecarios.

Por las razones expuestas, se impone sin más, disponer a través de la presente ley, una prórroga, que entendemos razonable hasta el 31 de julio de 2013, respecto de todo trámite de ejecución de sentencias que recaigan o ya existan, sobre deudas hipotecarias, cuyos titulares estén comprendidos en el artículo 2º de la ley 8182. De esa manera, el P.E. podrá tener un tiempo razonable de negociación con las entidades financieras acreedoras en los mutuos hipotecarios, teniendo en cuenta el fuerte contenido social que surge del espíritu de las normas antes citadas.

                                              

  
   

LEY 8518



Art.1º- Prorrógase hasta el 31 de julio de 2013, la suspensión de todo trámite, de ejecución de sentencias, que recaigan sobre deudas hipotecarias, cuyos titulares se encuentren comprendidos, en el Art. 2 de la Ley 8182.

Art.2º- La presente Ley es de orden público.

Art.3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA , a lo 5 días de diciembre del año 2012

"La lucha que se pierde es aquella que se abandona"

¡LA VIVIENDA ÚNICA Y FAMILIAR ES UN DERECHO HUMANO!


Publica ATENEA- Mendoza- ARGENTINA.